titularidad compartida
Extremadura es la tercera región española con más explotaciones agroganaderas de titularidad compartida
Hay 121 en toda la región propiedad del matrimonio al 50% de un total de 1.226 en toda España
El peso de la mujer en el sector agrario y ganadero es cada vez mayor, tanto en puestos directivos en empresas como en miembros de consejos rectores de cooperativas. Y también comienza a serlo como propietarias de explotaciones agrarias y ganaderas. La figura de las explotaciones de titularidad compartida, no del todo conocida en el mundo rural y que data de una ley estatal de octubre del 2011, es un paso más en esta dirección.
Según los datos del Ministerio de Agricultura, quien gestiona el Registro de Explotaciones Agroganaderas de Titularidad Compartida a nivel estatal, a octubre del 2023 la Comunidad de Extremadura era la tercera de España con más número, con un total de 121. De ellas, 51 están ubicadas en la provincia de Cáceres y 50 en la de Badajoz. Castilla y León con 569 y Castilla La Mancha con 254 son las dos regiones que lideran este modelo de titularidad, que a nivel español cuenta con 1.226 explotaciones.
Figura jurídica
La titularidad compartida es una figura jurídica de la explotación agraria a la que pueden acogerse aquellas parejas que comparten el trabajo y gestión de la explotación. Esta figura permite que la administración, representación y responsabilidad de la explotación sea de las dos personas titulares, fomentando la igualdad entre ambas. La regulación de las explotaciones de titularidad compartida se recoge en la Ley 35/2011 sobre titularidad compartida de las explotaciones agraria. Las inscripciones de las explotaciones en el régimen de titularidad compartida se reflejan en el Registro de Explotaciones agrarias de Titularidad Compartida del Ministerio (RETICOM), que se nutre de la información que al efecto suministran las Comunidades Autónomas.
Según recoge la Ley del 2011 que la regula, “la titularidad compartida está llamada a constituir un factor de cambio de las estructuras agrarias de modo que las mujeres del mundo rural gocen de una igualdad de derechos efectiva respecto de los hombres. Ello permitirá la supresión de barreras formales y sustantivas, así como la potenciación de ciertos valores en las mujeres del mundo rural, tales como la confianza, la igualdad y la no discriminación, la visibilidad y, por tanto el desarrollo sostenible”.
Requisitos
Las personas titulares de la explotación agraria en régimen de titularidad compartida deberán estar dadas de alta en la Seguridad Social: ejercer la actividad agraria y trabajar en la misma de modo directo y personal tal y como está definido en la Ley 19/1995, de 4 de julio y residir en el ámbito territorial rural en que radique la explotación. La administración corresponderá a ambas personas titulares conjuntamente. y la representación de la explotación de titularidad compartida, será solidaria, con excepción de los actos que supongan, disposición, enajenación o gravamen de la misma, en los que dicha representación será mancomunada. La responsabilidad será directa, personal, solidaria e ilimitada de las dos personas titulares.
Reparto de rendimientos
Los rendimientos generados por la explotación se repartirán al 50 por ciento entre ambas personas titulares de la explotación agraria de titularidad compartida. Una vez repartidos, estos rendimientos se regirán por lo dispuesto en el régimen económico matrimonial de ambos cónyuges o los pactos patrimoniales que, en su caso, hayan suscrito las parejas de hecho. Para que la titularidad compartida de las explotaciones agrarias produzca todos sus efectos jurídicos será precisa su inscripción previa en el Registro constituido al efecto por la correspondiente Comunidad Autónoma.
Por su parte, la titularidad compartida de las explotaciones agrarias se extinguirá: por nulidad, separación o disolución del matrimonio. O por la ruptura de la pareja de hecho, o por la muerte o la declaración de fallecimiento de uno de sus miembros. Y también por la pérdida de la titularidad de la explotación agraria por cualquier causa legalmente establecida.
El Ministerio de Agricultura ha concedido en este año 2023 una ayuda unitaria de 1.500 euros a 916 explotaciones de titularidad compartida, con el objetivo de contribuir al pago de las cuotas a la Seguridad Social de sus titulares.
